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Admisión por cambio de estudios o cambio de universidad

Admisión por cambio de estudios o cambio de universidad

Para ser admitidos en la Universidad de Oviedo en estudios universitarios oficiales de grado, los estudiantes con estudios universitarios oficiales de grado españoles cursados parcialmente deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que se les reconozca un mínimo de 30 créditos ECTS, de acuerdo con el reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos y adaptación de la Universidad de Oviedo (CG 28/04/2011).
  2. Adicionalmente, los estudiantes deben acreditar una nota de admisión en sus estudios de procedencia igual o superior al 85% de la nota de corte en el curso inmediatamente anterior en los estudios de la Universidad de Oviedo en los que solicita ingresar, en el cupo de admisión que le hubiera correspondido en función de su vía de acceso. Estas notas serán publicadas anualmente junto con las plazas ofertadas en cada estudio.

Para cada estudio, se establecerá la ordenación de las solicitudes conforme a la siguiente prelación:

  1. Si los estudios habilitan o son condición necesaria para el ejercicio de una profesión regulada en España según las directrices del ministerio competente, tendrán preferencia aquellos estudiantes procedentes de estudios de grado que habiliten o sean condición necesaria para el ejercicio de la misma profesión.
  2. A continuación, en primer lugar, si los estudios de grado no habilitasen para ninguna profesión regulada, figurarán de modo preferente los estudiantes procedentes de otros estudios de grado con competencias, resultados de aprendizaje y contenidos similares a los expresados en el plan formativo del grado, conforme determine, a la vista de las solicitudes, la Comisión Técnica de Reconocimiento de Créditos (CTRC) del centro.
  3. Posteriormente, tendrán preferencia los estudiantes procedentes de estudios de grado pertenecientes a la misma rama de conocimiento que los estudios para los que se solicita admisión.
  4. Tras los estudiantes que tengan preferencia, se situarán todos los estudiantes procedentes de otros estudios de grado.

Dentro de cada uno de los grupos, las solicitudes de los estudiantes se ordenarán por la nota media del expediente universitario, calculada conforme al artículo 5.3 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

El Consejo de Gobierno aprueba anualmente, a propuesta del vicerrector de Estudiantes y oído el decano/director del centro, una oferta de plazas disponibles por esta vía. En la convocatoria también se determinarán los plazos y lugares de presentación de las solicitudes, la documentación que se ha de acompañar a las mismas y los lugares de publicación de las adjudicaciones de plazas.

La Universidad de Oviedo podrá resolver la admisión de las solicitudes de plaza de estudiantes que presenten situaciones excepcionales y que, cumpliendo los requisitos académicos establecidos, no hayan obtenido plaza en el procedimiento general. Dado el carácter excepcional de este procedimiento, se considerará abierta permanentemente la posibilidad de presentar la solicitud, que se dirigirá al Vicerrectorado de Estudiantes. A estos efectos, se podrán dotar plazas adicionales a las propuestas inicialmente.

La adjudicación de plaza da lugar al traslado del expediente académico, cuyo trámite corresponde a la universidad de procedencia.

Más información y contacto

COIE - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES

Dirección:
C/ González Besada N.º 13 - 33007 Oviedo
Horario de atención al público:
9:00 h. a 14:00 h. (9:00 h. a 13:00 h. del 15 de junio al 21 de septiembre, ambos inclusive)
Se atenderá sin cita previa, en los horarios señalados anteriormente, dando preferencia a las personas que la hayan solicitado.
Teléfono:
985 10 49 04
coie@uniovi.es

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