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Contexto normativo
El aseguramiento de la calidad en las enseñanzas propias (formación permanente o títulos propios) garantiza el rigor académico y la relevancia profesional de los programas universitarios. Este proceso está regulado por normativas nacionales e internacionales, como el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios (RD 640/2021) y el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad (RD 822/2021), que establecen sistemas internos de garantía de calidad (SIGC) aplicables a la formación permanente y a los títulos propios de las universidades, y los Criterios y directrices para el Aseguramiento de la Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (ESG).
En el RD 640/2021, de 27 de julio, el punto 7 del artículo 5 establece: “Las universidades deberán velar por la calidad de toda su oferta académica (oficial y propia, incluyéndose en ésta la formación permanente) a través de los sistemas internos de garantía de calidad”.
En el punto 6 del mismo artículo 5 del RD 640/2021 se establece también: “los títulos propios de formación permanente con rango y denominación de «Máster» deberán contar, previamente a su aprobación y activación por parte de la universidad, con un informe favorable del sistema interno de garantía de la calidad de la correspondiente universidad o centro”.
El RD 822/2021 regula la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad. En su artículo 36 regula las enseñanzas propias de las universidades, y en su artículo 37 la formación permanente, dentro de los estudios universitarios propios, “cuya finalidad es fortalecer la formación de los ciudadanos y ciudadanas a lo largo de la vida, actualizando y ampliando sus conocimientos, sus capacidades y sus habilidades generales, específicas o multidisciplinares de los diversos campos del saber”.
En el punto 11 del artículo 37 establece que “La universidad garantizará la calidad y el rigor académico y científico de los títulos de formación permanente, siendo ello responsabilidad de los sistemas internos de garantía de la calidad que la institución universitaria determine”.
Para el caso concreto de los másteres de Formación Permanente establece también el requisito para ser aprobados por los órganos de gobierno de la universidad que cuenten con “un informe favorable del Sistema Interno de Garantía de la Calidad de la universidad, que tendrá carácter vinculante para esta”. Y se añade: “Una vez obtenido este informe favorable la universidad podrá solicitar la inclusión en el RUCT de este, siempre con la denominación de Máster de Formación Permanente en la temática considerada”.
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Compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), con la Igualdad de Género y la Inclusión Social
El Sistema de Garantía Interna de Calidad (SIGC) de las Enseñanzas Propias de la Universidad de Oviedo se alinea con los principios de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, contribuyendo especialmente al ODS 4: Educación de Calidad, al promover una formación inclusiva, equitativa y de excelencia, así como oportunidades de aprendizaje continuo a lo largo de toda la vida. Además, se abordan de manera transversal otros ODS relevantes, como el ODS 5: Igualdad de Género, el ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico y el ODS 10: Reducción de las Desigualdades, a través de la mejora continua de las competencias profesionales del estudiantado y el fortalecimiento de políticas inclusivas.
Además, El SIGC de las Enseñanzas Propias integra de forma transversal los principios de igualdad de género e inclusión social, en consonancia con los objetivos de la Agenda 2030, concretamente el ODS 5: Igualdad de Género y el ODS 10: Reducción de las Desigualdades.
En este marco, se promueven acciones específicas para garantizar una participación equitativa de mujeres y hombres en los ámbitos de gestión, docencia y formación. Asimismo, se implementan políticas inclusivas que aseguran el acceso a la formación de personas en situación de vulnerabilidad o con necesidades específicas.
Finalmente, los mecanismos de evaluación y seguimiento incorporarán indicadores específicos de igualdad e inclusión, permitiendo identificar áreas de mejora y consolidar una cultura universitaria más justa y equitativa.
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Configuración y orientaciones para el SIGC en el aseguramiento de la calidad de las enseñanzas de formación permanente
El Real Decreto 640/2021 regula el reconocimiento externo de los Sistemas Internos de Garantía de Calidad (SIGC) de las universidades y centros universitarios. Su preámbulo señala: “Este reconocimiento lo certifican las agencias de aseguramiento de la calidad de nuestro país, y posibilita que las universidades (la institución como tal, y cada uno de los centros que las conforman) puedan desarrollar sus propias políticas, programas y procedimientos para garantizar la calidad académica que debe caracterizar a todo el sistema”.
Sin embargo, el artículo 37, punto 11 del RD 822/2021, que exige un informe favorable del SIGC para la aprobación de Másteres de Formación Permanente por los órganos de gobierno de la universidad, no requiere que el SIGC esté certificado por una agencia de calidad. Tampoco se exige dicha certificación para que una universidad solicite la inclusión de un Máster de Formación Permanente en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
La Red Española de Agencias de Calidad Universitaria (REACU), en respuesta a la solicitud de la CRUE, ha emitido orientaciones generales para que las universidades configuren sus SIGC, incluyendo los títulos de formación permanente. Estas recomendaciones buscan guiar a las universidades sobre cómo configurar sus sistemas de calidad y elaborar informes que respalden sus programas de formación permanente.
Se recomienda que el SIGC para los títulos de formación permanente se configure alineado con la estrategia y políticas implantadas por la universidad y, en su caso, por los centros responsables de dichas titulaciones. Sugiere que el diseño y despliegue del SIGC se considere de manera integral en las universidades, promoviendo la desburocratización de procedimientos y una orientación clara hacia la mejora continua de la calidad y el rigor académico.
Particularmente, para los Másteres de Formación Permanente, cuyo objetivo es la especialización y la actualización formativa de titulados universitarios, se debe garantizar un enfoque que asegure el cumplimiento del punto 6 del artículo 37 del RD 822/2021, relacionado con la ampliación de conocimientos y competencias.
Se recomienda que los SIGC desarrollados institucionalmente incluyan el aseguramiento de la calidad de los títulos de formación permanente dentro del SIGC aplicable a los órganos responsables de su impartición, conforme a los respectivos estatutos o normas de organización y funcionamiento de la universidad.
En cuanto a la configuración del SIGC de estos órganos, se recomienda ajustarse al “Protocolo para la certificación de sistemas internos de garantía de calidad de los centros universitarios”, aprobado por la Conferencia General de Política Universitaria, a propuesta del Ministerio de Universidades (publicado por Resolución de 3 de marzo de 2022, BOE del 9 de marzo). También deben considerarse las guías elaboradas por las agencias de calidad que desarrollan su contenido.
Las pautas establecidas por dicho protocolo y guías están alineadas con los ESG, orientándose a generar confianza en la institución y en su capacidad para proporcionar una formación que satisfaga las necesidades y expectativas de la sociedad y del estudiantado.
Esta confianza debe estar sustentada, entre otros factores, en la transparencia de la información pública y la rendición de cuentas, conforme a lo establecido en los ESG.
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Sistema de Garantía Interna de Calidad de las Enseñanzas Propias en la Universidad de Oviedo
El objetivo del Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC) de las Enseñanzas Propias es asegurar la calidad en la implementación y desarrollo de dichas enseñanzas, mediante el uso de herramientas específicas y procedimientos adecuados. Además, según el artículo 37 del RD 822/2021, un informe favorable del SGIC tiene carácter vinculante para formalizar solicitudes al RUCT en el caso de títulos de Máster de Formación Permanente.
En la Universidad de Oviedo se ha llevado a cabo la adaptación, durante el año 2024, del Sistema de Garantía Interna de Calidad de las Enseñanzas Propias y Formación Permanente (Títulos Propios y Certificaciones, incluyendo las Microcredenciales Universitarias), en línea con las directrices establecidas por la normativa vigente y el marco europeo de calidad educativa. alineado con las recomendaciones del grupo de trabajo CRUE-RUEPEP para la calidad en formación permanente y títulos propios, las orientaciones de REACU y los estándares ESG (European Standards and Guidelines). Asimismo, responde al Real Decreto 822/2021, que regula la organización y aseguramiento de calidad en las enseñanzas universitarias.
Como resultado de este esfuerzo, se han actualizado los siguientes procedimientos:
- PD-SGIC-UO-1.1.1.4 V02: Procedimiento para la propuesta, presentación, evaluación y aprobación de las enseñanzas propias de la Universidad de Oviedo.
- PD-SGIC-UO-1.5.1 v11: Procedimiento de medición de resultados, análisis, mejora y seguimiento del SGIC.
- R-SGIC-UO-68 v16: Plantilla para el informe de seguimiento del título.
- R-SGIC-UO-117 v03: Plantilla para la elaboración del informe de autoevaluación/evaluación de propuestas de enseñanzas propias.
Estos procedimientos se integran en el Sistema de Garantía Interno de Calidad (SGIC) de la institución, adaptándose a las particularidades y naturaleza de estas enseñanzas.
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Valoración de la calidad de las enseñanzas propias
El Consejo de Gobierno de la Universidad (CGUO) designa los órganos responsables del SGIC, incluyendo la Comisión de Enseñanzas Propias (CEP), de reciente creación y el Comité de Calidad de la Universidad (CCU).
El SIGC de Enseñanzas Propias se estructura en una serie de procesos diseñados para garantizar la calidad en todas las fases del ciclo de vida de las Enseñanzas Propias.
La valoración de la calidad constituye un elemento clave para su mejora continua. El procedimiento se desarrolla de la siguiente manera:
- Al finalizar cada enseñanza, el director/a enviará un cuestionario de satisfacción al estudiantado en un plazo de tres días. En el caso de las microcredenciales, el cuestionario de evaluación incluye preguntas clave para medir el impacto y la relevancia de la formación. Entre los aspectos evaluados se encuentran: el grado de adquisición de las capacidades esperadas, la relevancia del contenido para el desarrollo personal o profesional, el impacto percibido en la empleabilidad, la disposición a recomendar la formación y la valoración de los empleadores en caso de conocer su percepción. Estas preguntas buscan capturar tanto la experiencia de los participantes como su percepción del valor añadido de la microcredencial.
- Si no se alcanza un mínimo del 30 % de respuestas en siete días, se enviará un recordatorio por correo electrónico.
- Por otro lado, la satisfacción del profesorado y de los empleadores también es un aspecto importante a evaluar. Se recogerán observaciones generales y recomendaciones por parte del profesorado, mientras que la percepción de los empleadores ayuda a entender la utilidad de la formación en el contexto del mercado laboral.
- Una vez recogidas las respuestas, se elaborará un informe de valoración que será remitido al director o directora y a la persona responsable de calidad de la enseñanza (si fuera diferente del anterior) para su conocimiento.
- El director o directora, juntamente con la persona responsable de calidad de la enseñanza (si fuera diferente del anterior), a partir de toda la información recopilada, elabora un informe de evaluación cualitativa. Este informe incluye el análisis de indicadores clave como la demanda (número de participantes interesados), la tasa de aptos respecto a inscritos (porcentaje de participantes que completaron exitosamente la formación) y la tasa de abandono (porcentaje de quienes no concluyeron el curso). También se incorporan comentarios cualitativos del estudiantado y recomendaciones para futuras ediciones. Este informe proporciona una visión integral de la calidad y el impacto de la microcredencial, sirviendo como base para decisiones de mejora continua.
La Comisión de Enseñanzas Propias es responsable de evaluar las propuestas de planes de estudios y programas formativos incluidos en la oferta de enseñanzas propias de la Universidad de Oviedo, conforme a lo establecido en el procedimiento PD-SGIC-UO-1.1.1.4. Además, realiza un seguimiento continuo de estas enseñanzas, revisando los informes de evaluación remitidos por los directores y responsables de calidad. A la Comisión también se trasladan las quejas, reclamaciones o sugerencias relativas a enseñanzas propias que se presentan en el buzón general del CIP.
Como resultado de sus funciones, la Comisión emite un acta donde se recogen los acuerdos adoptados, así como un informe conjunto que sintetiza los resultados del seguimiento. Asimismo, elabora un informe global de resultados del centro y propone un plan de mejora.
Adicionalmente, mantiene un registro de enseñanzas propias suspendidas y analiza indicadores globales y medios para evaluar el desempeño y la calidad de las enseñanzas.
En los casos donde la valoración sea negativa, se impedirá la realización de nuevas ediciones de la enseñanza y podría solicitarse al responsable académico un informe adicional para analizar y justificar los aspectos señalados.
Además, los procedimientos de calidad serán revisados y actualizados periódicamente, asegurando la incorporación de mejoras en el desarrollo de las Enseñanzas Propias de la Universidad de Oviedo.
El SIGC de Enseñanzas Propias se estructura en una serie de procesos diseñados para garantizar la calidad en todas las fases del ciclo de vida de las Enseñanzas Propias, disponibles en https://calidad.uniovi.es/garantiainterna.