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Notas de prensa

La Universidad de Oviedo y la Cámara de Comercio de Avilés colaboran para favorecer la inserción laboral de universitarios 

Ambas instituciones suscriben un acuerdo por el que la cámara se incorpora al Programa Suma Talento, que tiene como finalidad facilitar un primer contacto laboral de los universitarios mediante la realización de prácticas

El Programa Suma Talento tiene como finalidad facilitar a los universitarios un primer contacto con el ámbito laboral a través de la realización de prácticas en empresas e instituciones. La Universidad de Oviedo y la Cámara Oficial Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Avilés han suscrito esta mañana un acuerdo de colaboración por el que la institución avilesina se incorpora a este programa. El convenio ha sido rubricado por Begoña Cueto, vicerrectora de Transferencia y Relaciones con la Empresa, y por Daniel González Menéndez, presidente de la Cámara de Comercio de Avilés.

El acuerdo prevé que la Fundación Universidad Empresa (FUO) se encargue de la gestión por parte de la Universidad de Oviedo con las siguientes obligaciones:

  • Prestar el servicio de caja, que implica el cobro de las cantidades a abonar por la empresa y su reclamación.
  • Llevar la contabilidad de las becas.
  • Publicar las ofertas de beca en su web y preseleccionará, de entre las candidaturas que se inscriban a las mismas, aquellas que cumplan el perfil solicitado por la cámara.
  • Suscribir con cada becario y su tutor un acuerdo específico en el que se establecerán las condiciones de la beca.
  • Facilitar a los beneficiarios la realización de un curso de formación online en competencias profesionales.
  • Realizar las gestiones necesarias ante la Seguridad Social.
  • Abonar mensualmente a los beneficiarios la ayuda económica establecida.
  • Efectuar el seguimiento de las actividades desarrolladas por el becario, conforme a lo establecido en su pan de formación.
  • Realizar la evaluación continua del programa.

Por su parte, la cámara avilesina se compromete a:

  • Acoger a la persona beneficiaria de la beca aportándole toda la información que precise y facilitará su integración en el clima organizativo de la entidad. 
  • Controlar y supervisar las actividades desarrolladas por el becario, conforme a lo establecido en su plan formativo, así como deberá proporcionar el asesoramiento en todo aquello que sea preciso. Para ello, la cámara designará a un tutor que ostentará la condición de coordinador de la persona becada, de modo que toda la actividad formativa se lleve a cabo bajo su supervisión y dirección. 
  • Poner en conocimiento de la FUO cualquier incidencia que se produzca durante el desarrollo del periodo formativo en la cámara y, en especial, cualquier desviación que pueda suponer el incumplimiento de la finalidad formativa del periodo de prácticas o del plan de formación aprobado, con el fin de que FUO pueda adoptar las medidas correctoras oportunas.
  • Comunicar a la FUO con 15 días de antelación a la fecha de finalización de la beca, cualquier alteración en la misma, así como las posibles renovaciones que se produzcan.
  • Financiar el Programa Suma Talento, transfiriendo a la FUO la cuantía económica necesaria para hacer frente a las obligaciones derivadas del convenio, incluyéndose, además de la dotación económica, los gastos de gestión y la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa. 
  • Cumplimentar los cuestionarios de evaluación que la FUO remita con la finalidad de que esta última tenga cumplido conocimiento del desarrollo de la beca.
  • Emitir un certificado a la finalización del periodo de prácticas por el que se reconoce a el becario la realización de las actividades formativas desarrolladas en la cámara, con mención expresa del programa de formación desarrollado, su duración y aprovechamiento.

Las actividades formativas de los beneficiarios del programa se desarrollarán, según se recoge en el convenio, conforme al plan de formación establecido al inicio de su beca e incluido en su acuerdo regulador, el cual comprenderá su duración, mínima de 2 meses y máxima de 12, y la dedicación semanal en la empresa que deberá ser compatible con su calendario laboral y el régimen de trabajo habitual, sin que puedan superar, en ningún caso, las 40 horas semanales. Los beneficiarios del Programa Suma Talento tendrán derecho a 22 días laborables de descanso por año de disfrute de beca o, en su caso, a la parte proporcional que les corresponda según el periodo formativo transcurrido. 

Las actividades a realizar por los beneficiarios serán, en todo caso, formativas, sin que en ningún momento sean responsables de la ejecución de las mismas. Los beneficiarios deberán estar en todo momento supervisados por el tutor designado por la cámara, que será quién adopte las medidas que considere oportunas para garantizar el éxito formativo.

Dado el carácter formativo de las prácticas, no existirá, en ningún momento, relación laboral, entre la cámara y los beneficiarios de la beca durante el periodo formativo. El convenio marco tendrá una vigencia de 3 años renovables por periodos iguales por acuerdo tácito de ambas partes. 

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